sábado, 29 de enero de 2011

El juez otorga la licencia para construir en la 'Finca del Obispado' de Cóbreces

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Santander ha estimado el recurso interpuesto contra el Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo por la urbanización de la «Finca del Obispado», en Cóbreces, y declarado que la promotora demandante ha obtenido la licencia de obras «por silencio administrativo» del Consistorio.
En una sentencia a la que ha tenido acceso la agencia Efe, el titular del Juzgado argumenta que se produjo un «silencio positivo» por parte del Ayuntamiento, porque la Administración municipal no ha acreditado que el proyecto de Arrendamientos Castilla «adoleciera de vicios esenciales graves y notorios», como se aducía.
Además, anula la resolución de 5 de noviembre de 2007 dictada por el Ayuntamiento por la que se denegaba la licencia, al considerarla «extemporánea» y «contraria a Derecho», ya que en ella no se siguieron los cauces de revisión de oficio previstos en la ley.
El contencioso entre la empresa y el Ayuntamiento tiene su origen en el año 2004, cuando la promotora adquirió la «Finca del Obispado», en Cóbreces, para construir allí 40 viviendas sociales. Tiempo después, una nueva empresa adquirió la finca para construir 80 viviendas de precio libre y ése fue el origen de las desavenencias con el Ayuntamiento.
Años después, el actual equipo de gobierno promovió la modificación de las normas subsidiarias para la construcción de viviendas de protección oficial.
En abril de 2009, el Juzgado de Torrelavega decidió imputar al alcalde de Alfoz de Lloredo, Enrique Bretones, y a cinco ediles, por haber votado a favor de una modificación de las normas subsidiarias del municipio que tuvo por objeto destinar la «Finca del Obispado» a la construcción de viviendas de protección oficial (VPO).
Sin embargo, un año después, la causa abierta por prevaricación contra los seis ediles fue archivada por la Audiencia de Cantabria, al no apreciar «injusticia manifiesta» ni «desviación de poder», tal y como sostenían el juez instructor, el Ministerio Fiscal y el titular de la finca donde se iba a construir.