jueves, 30 de junio de 2011

El juez da la razón a un vecino al que el Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo le derribó una casa

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Santander estimó parcialmente la demanda del vecino alfocense Eusebio Calvo interpuesta contra la resolución del Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo. Resolución a través de la cual el Consistorio derribó en el año 2008 un inmueble del Barrio el Pino de Cóbreces, propiedad del demandante, «sin estar en situación de ruina declarada», según reza la sentencia.
En el inmueble derribado vivía el padre del demandante, a quien el Contencioso da ahora la razón. Los hechos comenzaron en 2004, en que el Ayuntamiento abrió un expediente de ruina sobre la edificación del que resultó que el edificio no presentaba signos de tener la estructura colapsada, «por lo que bastaría con pequeñas obras de rehabilitación», explica Eusebio. Sin embargo, más tarde, los propios técnicos municipales informaron de que repentinamente «la edificación se colapsa, las grietas crecen rápidamente y apremia la ruina y el derribo».
Según el testimonio de Eusebio, tras este informe, el juzgado concede la entrada en el edificio para acometer medidas de seguridad en base a estos informes. Es entonces, en 2008, cuando el Ayuntamiento procede al derribo del edificio y obliga al padre del demandante a pagar el importe de las obras, un total de 70.000 euros. Sin embargo, el juez considera que el derribo fue improcedente y que, tal y como explica la sentencia, «la alegada ruina urbanística no concurre».
Por su parte, el alcalde de Alfoz de Lloredo, Enrique Bretones, manifestó su intención de interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, ya que, dijo, «tenemos muchas posibilidades, como ha sucedido en otras ocasiones, de que nos de la razón».