sábado, 30 de abril de 2011

PSOE y PRC piden abrir los expedientes de indemnización antes de los derribos

Torrelavega, 26 abr (EFE).- El PSOE y el PRC han pedido la celebración de un pleno extraordinario en el Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo, para que se decida abrir de oficio los procedimientos de indemnización patrimonial a los afectados por sentencias de derribo en el municipio antes de derruir sus viviendas.

Fuentes municipales han explicado a Efe que la petición ha sido presentada esta mañana por parte de los portavoces del PSOE y del PRC, Luis Alfonso González Llanillo y Domingo Bustillo Rodríguez, respectivamente, en lo que supone la primera vez en Cantabria que un Ayuntamiento emprende una acción de este tipo.

Los proponentes demandan que, a la vista de las sentencias judiciales contrarias al Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo, se reconozca la responsabilidad patrimonial de la Administración para poder resarcir de los perjuicios a los afectados por las sentencias mediante la correspondiente indemnización.

En este sentido, las mismas fuentes estiman que en el Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo existen en la actualidad una decena de sentencias firmes de derribo, que afectan a varias urbanizaciones en los distintos pueblos, en especial en Cóbreces y Novales, cuyas indemnizaciones podrían situarse en los siete millones de euros.

Por ello, socialistas y regionalistas entienden necesario la celebración de un pleno para "debatir y aprobar" el inicio de los expedientes, a fin de garantizar el pago de las indemnizaciones con carácter previo al efectivo derribo de los inmuebles.

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicó el pasado 13 de abril la Ley de Cantabria 2/2011 para agilizar las indemnizaciones por sentencias de derribo para que los afectados puedan cobrar antes de que se ejecuten las demoliciones, norma que ya está en vigor.

Tras su publicación en el BOC, la Ley de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo en relación a los procedimientos de indemnización patrimonial ya se puede aplicar en los incidentes de ejecución planteados para urbanizaciones que han sido declaradas ilegales por los juzgados y tribunales.

Esta ley establece que sólo se podrá proceder a la demolición de las viviendas cuando haya finalizado el proceso de determinación de la responsabilidad patrimonial, cuando se haya fijado el importe de la indemnización y cuando se haya puesto a disposición del propietario.

Además, prevé la creación de un registro de los recursos contra viviendas en los que la Administración regional sea parte, para que cualquier comprador sepa que esa vivienda está sometida a un proceso judicial de este tipo. EFE-Cantabria 1010513
PUBLICADO EN http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=794552